Es importante tener en cuenta que el trámite de SIS es personal quiere decir que la familia directa solo pude hacer el trámite ya no lo hace la funeraria.

Los afiliados al Seguro Integral de Salud (SIS) también tiene derecho a recibir un beneficio económico por sepelio de S/. 1,000 soles.

Cuando una persona es inscrita en el referido sistema, en la ficha correspondiente, debe registrar a uno de sus familiares, el mismo que se encargará de recoger el beneficio de sepelio, cuando fallezca el titular.

El seguro puede entregar hasta mil soles por concepto de sepelio. Al momento hay 100 beneficiarios que no han acudido a cobrar.”Solo tienen plazo para hacerlo en los siguientes 60 días después de ocurrido el fallecimiento, y de no hacerlo lo perderán”.

El SIS puede reconocer:

Puede reconocer:

  1. Ataúd
  2. Capilla ardiente
  3. Mortaja
  4. Traslado del fallecido del lugar del velatorio al cementerio.
  5. Terreno o nicho o cualquier cobro por derecho de cementerio o sepultura.
  6. Derecho de Cremación (cuando haya sido autorizado por el familiar)

Fuente:

SIS

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