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Prestación Económica por Sepelio para el SIS

Prestación Económica de Sepelio (SIS)

Es el reembolso de los gastos de sepelio de un asegurado del Seguro Integral de Salud (SIS) o como el Seguro de Essalud. Este se realiza en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y cubre hasta un monto máximo de S/ 1,000.00.

El monto máximo de devolución varía según la edad del fallecido:

  • Óbito o Natimuerto (más de 28 semanas de gestación): S/ 350.00
  • Recién Nacido Fallecido (menos de 29 días de nacido): S/ 350.00
  • Fallecido de 29 días hasta menor a 12 años de edad: S/ 700.00
  • Fallecido de 12 años de edad a más: S/ 1,000.00

Sin embargo, se permite únicamente la devolución de los siguientes gastos:

  • Ataúd.
  • Capilla ardiente.
  • Mortaja.
  • Derecho de cremación (solo si ha sido autorizado por el familiar).
  • Nicho.
  • Traslado del fallecido (del establecimiento de salud al velatorio y del velatorio al cementerio).

Pueden solicitar la devolución quienes:

  • Posean el certificado de acreditación.
  • Hayan sido designados durante la Afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS).
  • Sean familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad.
  • Cuenten con una carta poder.
  • Hayan estado al cuidado del asegurado fallecido.
  • Sean padre o madre del Recién Nacido Fallecido o Natimuerto.

No pueden solicitar la devolución :

  • Personal de las IPRESS.
  • Personal de las UDR/GMR.
  • Personas vinculadas a agencias funerarias.
Importante
  • El beneficio de sepelio del plan de seguro SIS Para Todos, tiene vigencia del 21 de mayo de 2021 hasta el 31 de diciembre del 2021.
  • El beneficio de sepelio del plan de seguro SIS Microempresa tiene vigencia del 26 de julio de 2021 hasta el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
  • Todos los planes de seguros del SIS (Gratuito, Para Todos, Independiente, Emprendedor (NRUS) y Microempresas) otorgan la cobertura económica de salud total para Covid-19: diagnóstico, atención y tratamiento médico, hospitalización o internamiento en unidad de cuidados intensivos con ventilación mecánica si lo requiere el paciente, traslado de cuerpo, cremación o entierro en caso de fallecimiento.

Requisitos

  • Solicitud de pago de Prestación Económica de Sepelio llenada y firmada por el acreditado del fallecido.
  • Certificado de Acreditación Original.
  • Copia del DNI o Carné de Extranjería vigente del acreditado.
  • Copia del DNI o Carné de Extranjería del asegurado fallecido.
  • Comprobante de pago original, debidamente cancelado, por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.
  • Copia certificada del Acta de Defunción expedida por RENIEC.
  • Copia del Certificado de Defunción.
  • Declaración Jurada de Gastos por Prestación Económica de Sepelio.
  • Si fue cremado: Copia de autorización de Cremación.
  • Si no eres un pariente cercano: Declaración Jurada de 4to Grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad del acreditado respecto del fallecido.
  • Si los gastos se hicieron en zona rural: Declaración Jurada de Gastos por servicios realizados.
  • Si eres un apoderado: Carta poder de autorización de cobro.

Prestación Económica de Sepelio Regular – SIS

Beneficio de sepelio
Prestación Económica de Sepelio-PES para los afiliados al SIS
La Prestación Económica de Sepelio-PES es un beneficio que tienen los afiliados a los planes de seguro de salud del SIS.  Este trámite se realiza en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud-IPRESS es decir en los establecimientos de salud y cubre hasta un monto máximo de mil soles, el cual varía según la edad del fallecido.
Para que se haga efectiva la Prestación Económica de Sepelio-PES o el reconocimiento de reembolso, es importante que el acreditado que realizó los gastos del servicio de sepelio presente los siguientes requisitos:

1. Solicitud de reembolso de la prestación económica de sepelio. Anexo 1

2. Comprobante de pago en original cancelado por los gastos de sepelio o cremación.

3. Copia simple del certificado de defunción y el acta de defunción.

4. Si no eres el acreditado, pero eres familiar y realizaste los gastos de sepelio, debes presentar la declaración jurada del familiar hasta 4° grado de consanguinidad o 3° grado de afinidad. Anexo 3

El acreditado es una persona mayor de edad, identificada con DNI o Carné de Extranjería, registrada en el Formato Digital de Afiliación y que demuestre haber efectuado los gastos d sepelio del asegurado SIS.

Si realizaste los gastos de sepelio y no eres familiar, debes presentar la declaración jurada de haber realizado los gastos de sepelio. Anexo 4

Si los gastos de sepelio se hicieron en zona rural adjunta la declaración jurada de gastos por servicios realizados en zona rural. Anexo 2

En zonas donde no hay conectividad a Internet se adjunta copia del DNI o Carnet de Extranjería vigente del asegurado fallecido y del acreditado.
Estos documentos se presentan en mesa de partes del establecimiento de salud donde falleció el asegurado, el más cercano al lugar de fallecimiento o donde se encontraba afiliado el asegurado al momento de su fallecimiento.

Es preciso señalar que el plazo para realizar el trámite es de hasta dos meses y para cobrarlo es hasta nueve meses en el Banco de la Nación. Sin embargo, ambos plazos se han excluido por el SIS en lo que dure el estado de emergencia sanitaria.

Cabe indicar que no se reconoce la Prestación Económica de Sepelio cuando el asegurado ha fallecido por las siguientes causas:

  • Intervención quirúrgica estética o cosmética.
  • Fallecimiento fuera del territorio nacional y el asegurado no fue referido por el SIS.
  • Suplantación de identidad.
  • Cuando se tramita más de una vez la solicitud de reembolso de la PES por un mismo asegurado.
  • Cuando el reembolso por gastos de sepelio corresponda ser cubiertos por el SOAT, AFOCAT, Fondo de compensación del seguro obligatorio de accidentes de tránsito.

Este beneficio es para los asegurados a los planes de seguro SIS Gratuito, SIS Independiente y SIS emprendedor y desde el 21 de mayo de 2021 para los asegurados SIS Para Todos y desde el 26 de julio para los asegurados SIS Microempresas.Las Unidades Desconcentradas Regionales (UDRs) y las Gerencias Macro Regionales-GMRs realizarán el seguimiento y cumplimiento de los plazos para el reconocimiento y reembolso de la PES.

Recuerda, revisar periódicamente el estado de tu trámite de sepelio aquí.
 
Para mayor información también puedes revisar la directiva administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento de la prestación económica de sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud, Resolución Jefatural N° 119-2019 – SIS.

Los anexos mencionados podrán ser descargados de la sección Archivos relacionados al final de la página. Recuerda que todos los trámites relacionados a los servicios del SIS son completamente gratuitos y sin intermediarios.

Contacto
Orientación sobre la prestación económica de sepelio
Atención: 24 horas

Nuestros teléfonos:
Envíanos un correo
Para mayor información

Nuestro correo:

sis@sis.gob.pe

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